Conocida en inglés
como transporte “Liner”, se orienta a la explotación de buques a través
de líneas regulares ofreciendo un servicio de carácter permanente en un tráfico
determinado que cubre rutas y frecuencias habituales, con salidas y entradas a
puertos que integran el itinerario y escalas a intervalos regulares y tarifas
fijadas de ante mano. Cobran normalmente lo que se llama “Liners Terms”.
El transporte
marítimo de línea regular es adecuado para la carga general y contenerizada.
Puede ser realizada a través de:
1. TRÁFICO
CONFERENCIADO
Este tráfico se
realiza como consecuencia de una “conferencia” o “acuerdo de fletes” en virtud
del cual dos o más empresas armadoras se unen en lo que se denomina CONFERENCIA
y se obligan a servir determinada ruta con cierta regularidad, a cobrar fletes
uniformes y a cumplir con un número mínimo de salidas hacia o desde los puertos
que integran el itinerario marítimo. La característica de esta modalidad radica
en la habitualidad del tráfico y en la igualdad de fletes para las mismas
mercaderías, lo que implica el aporte de buques que quedan adscritos a la línea
regular con el compromiso de respetar el reglamento del servicio conferenciado
establecido de común acuerdo por los armadores intervinientes.
2. COMPAÑÍAS U
OUTSIDERS
Estos servicios son
prestados por armadores independientes con libertad de tarifas e itinerarios.
Es el caso de
armadores que no se hayan ligados por acuerdo alguno para regular las
frecuencias de entrada y salida de los puertos, itinerarios pre establecidos o
tarifas pre determinadas. Son armadores que operan en competencia directa con
las conferencias, libremente, sin ataduras, pero desarrollando el tráfico de
manera paralela a ellas, sin obligación alguna de cumplir con las reglas que
comprometen a los armadores conferenciados. Por lo tanto, el itinerario podrá
realizarse con regularidad o no y las tarifas podrán ser similares o menores,
todo lo cual no impide que su operatoria y los servicios que se presten puedan
ser tan eficientes como los que ofrezcan los armadores conferenciados.
Generalmente, son
tan eficientes como los buques conferenciados, ya que desarrollan el servicio
en forma paralela a los mismos, explotando recorridos cubiertos por los
diferenciados. Cuentan con tarifas más económicas.
3. CONSORCIOS
Es un acuerdo o una
serie de acuerdos internacionales entre dos o más transportistas que
operen con buques y que presten servicios internacionales regulares de línea
para el transporte exclusivo de mercancías en una o varias rutas.
La principal
ventaja de la línea regular es ofrecer escalas frecuentes, mantener tarifas
estables y garantizar la duración del servicio a largo plazo. Al contratar
el transporte marítimo se debe conocer qué operaciones y gastos están incluidos
en el flete. Los «términos de línea» o liner terms son las condiciones,
establecidas por la línea, en las que el buque de línea toma a su cargo la
mercancía para transporte.
CONTRATO DE TRANSPORTE MARITIMO EN REGIMEN DE
CONOCIMIENTO
Es aquel contrato
mediante el cual los cargadores contratan con un porteador que explota su buque
en una línea regular el transporte de su mercancía de un lugar a otro a cambio
de un precio o flete. Su nombre en inglés es Bill of lading, también conocido
como BL
Elementos
característicos de este tipo de transporte:
a. Su objeto son las
cargas de cualquier tipo y en cantidades pequeñas.
b. Los cargadores
controlan de forma mínima el transporte o el buque, simplemente aceptan el
contrato de transporte. Este desequilibrio entre las partes ha dado lugar al
intervencionismo estatal.
c. Las líneas
regulares se establecen por las necesidades comerciales entre varios puntos
geográficos. Los buques que circulan por esas líneas periódicamente buscarán
cargadores para transportar mercancías.
d. El precio o flete
se fija en las conferencias marítimas de cada tráfico.
El fin de este
contrato es proteger a los cargadores y otros interesados en el contrato, sin
ser parte del mismo, frente al naviero.
Esta tipología de
contrato está especialmente indicada para los tráficos de líneas regulares
A finales del siglo
XIX aparecen las líneas regulares de transporte marítimo, este contrato aparece
por el desequilibrio que se da entre las partes en este tipo de líneas en las
que la función del cargador se limita a depositar las mercancías en el puerto y
retirarlas en el puerto de destino a través de un agente o consignatario sin
capacidad de negociación en el acuerdo marítimo.
Para establecer
ciertas garantías de responsabilidad y eliminar en la medida de lo posible
dicho desequilibrio inter partes aparece la normativa internacional en materia
de conocimientos de embarque, plasmado en el convenio de Bruselas de 1924, su
última modificación son las Reglas de Visby en 1979
Los principales
sujetos intervinientes en este contrato son:
1. El porteador, Es la
persona que realiza el transporte de la mercancía desde su origen al
lugar convenido.
2. El consignatario o
destinatario, es la persona física o jurídica autorizada a
recoger las mercancías en el puerto de destino. Está legitimado para reclamar
cualquier incidencia relacionada con las mercancías.
3. Los transitarios y
comisionistas del trasporte ser trata de profesionales cuya
actividad versa sobre la contratación de trasportes por cuenta de otros, pueden
intervenir como simples intermediarios o como porteadores si emiten el
conocimiento de embarque en virtud de una relación de agencia
4. Los dependientes
del porteador, es el Capitán.
5. El cargador, es la empresa o persona individual que contrata un trasporte de
mercancías con un porteador, constando como tal en el conocimiento de embarque
FORMA
El contrato de
transporte marítimo se plasma en un documento, el conocimiento de embarque,
Este conocimiento es, según las Reglas de Hamburgo: Documento que hace prueba
de un contrato de transporte marítimo y acredita que el porteador ha tomado a
su cargo o ha cargado las mercancías, y en virtud del cual éste se compromete a
entregarlas contra la presentación del documento. Constituye tal compromiso la
disposición incluida en el documento según la cual las mercancías han de
entregarse a la orden de una persona determinada, a la orden o al portador.
Las funciones del
conocimiento de embarque son varias:
El conocimiento de
embarque es un documento contractual en el que constan las condiciones de
transporte al estilo de los contratos de adhesión. Por esta razón es un título
contractual.
Es prueba del
contrato de transporte y de las estipulaciones que en él se hayan podido
pactar, por tanto, es un título probatorio.
La entrega de este
documento al porteador sirve al destinatario para obtener la mercancía, y en
este sentido se le conoce como título de crédito o título valor.
En el conocimiento
de embarque deberán aparecer: nombre, matrícula y porte del buque nombre del
capitán y su domicilio, puertos de carga y descarga, nombre del cargador y del
consignatario si es un conocimiento nominativo, el flete, datos identificativos
de las mercancías así como número de bultos o de piezas, o la cantidad o el
peso y estado aparente de éstos.
Un conocimiento de
embarque puede emitirse a la orden al portador y nominativo.
Obligaciones del
porteador:
1.
Transportar y custodiar las mercancías,
2.
Gestión náutica del buque
3.
La zona del buque donde se depositen las mercancías deberá estar en
perfectas condiciones para preservar el buen estado de las mismas, Asimismo
cuidará la carga y estiba de las mercancías
4.
Recibidas las mercancías por el porteador para transportarlas, éste
deberá emitir un conocimiento de embarque que le pedirá el cargador
5.
Se encargará de la descarga de la mercancía en su caso, y las entregará
al destinatario
Obligaciones del
cargador
1.
Depositar las mercancías a bordo o al costado del buque según se haya
pactado
2.
Pagar el flete o precio por el trasporte
3.
Retirar las mercancías en el puerto de llegada, personalmente o por la
persona consignada o que se halle en posesión del conocimiento de embarque.
INCOTERMS
La expresión
INCOTERMS procede de la contracción de las palabras inglesas “INternacional
COmmerce TERMS” y se traducen como Reglas Internacionales Comerciales para la
interpretación de los términos de entrega, precisión del momento en que se
transmite el riesgo del vendedor al comprador y determinación de quiénes asumen
los costes adicionales en la ejecución de la compraventa internacional y el
trámite de documentos. El objeto de los INCOTERMS es el de establecer las
reglas internacionales para la interpretación de los términos más utilizados en
el Contrato de Compraventa, fijando con precisión las obligaciones de ambas
partes (vendedor y comprador) ajustándose a las prácticas más generalizadas en
el Comercio Internacional. No regulan la forma de pago, ni la legislación
aplicable, ni especifican los gastos de terminales de manipulación que
comprende la recepción, traslado, carga y estiba en puerto (Terminal Handling
Charges – THC), aspectos estos que deben ser materia de la compraventa
internacional, diferenciándose la transmisión del riesgo de la asunción de
costes. La utilización de los INCOTERMS no es obligatoria e incluso son
modificables por mutuo acuerdo, aun cuando no es conveniente modificarlos pues
cada término contiene sus propias definiciones.
FLETES E INCOTERMS
·
FOB puerto: Free On Board, Libre a
Bordo, se compra el producto a bordo del buque.
·
FAS puerto:
Free Alongside: se compra el producto puesto al costado del buque.
·
FOB con FIOS
o FISLO: Cuando se compra FOB el buque deber ser fletado en base FIOS o
FISLO.
·
FAS con LIFO
o LINER TERMS : Cuando se compra FAS el buque debe ser cargado por el
fletador, así que se debe fletar buque en base LIFO o LINER TERMS.
·
CFR Cost and
Freight Costo y Flete
·
CIF Cost
Insurance and Freight Costo Seguro y Flete
·
DES
Delivered Ex Ship Entrega sobre Buque.
·
DEQ
Delivered Ex Quay Entrega sobre Muelle
El desconocimiento de lo
anterior ocasiona graves problemas, ya que se puede cerrar buque en base FIOS y
si se compró FAS, llega el buque a puerto y quien lo carga ??
FLETES (FREIGTH):
Es el precio del transporte
marítimo o del servicio de la utilización del buque. En el flete influyen una
amplia gama de factores como la naturaleza y característica de la mercancía, la
rapidez, el riesgo, el factor de estiba (relación entre el espacio m3 y el peso
TM que ocupa en bodega) así como los gastos portuarios considerando todas sus
fases (carga o embarque en el puerto de origen, estiba, transporte, desestiba y
descarga o desembarque en el puerto de destino).
COTIZACIÓN DE TARIFAS EN EL
TRANSPORTE DE LÍNEA REGULAR.
El aspecto fundamental en el
transporte marítimo es el de conocer las condiciones en que se contrata el
flete y qué operaciones y gastos previos y posteriores al embarque están
incluidos en el flete y cuáles no. En el transporte de línea regular el flete
está sujeto a una serie de alteraciones que inciden en el flete básico, unas en
sentido de incrementarlo llamadas factores de ajuste (Adjustment Factors)
o recargos (Surcharges) y otras en sentido de rebaja (rebates) o descuentos
(allowances),
Entre los criterios para la
fijación de tarifas básicas se considera la naturaleza de la mercancía, su
valor comercial, embalaje, factor y tipo de estiba, ruta, puertos y modalidad
del transporte, desembarque etc.
a.
LOS RECARGOS; más importantes son:
·
Por
combustible (BS – bunker surcharge) o (BAF – bunker adjustment factor);
·
Por
congestión en los puertos (CS – congestion surcharge);
·
Por
ajuste cambiario (CAF – currency adjustment factor),
·
Por peso
excesivo de carga suelta de más de 5 toneladas (EWS – extra weigh
surcharge);
·
Por
longitud excesiva de más de 12 metros (ELS – extra lenght surcharge);
·
Por cobro
de flete en destino (collect surcharge);
·
Por
mercancía peligrosa (recargo IMO);
·
Por
seguridad de carga (SEC);
·
Por
manipulación de carga (THC), etc.
b.
LOS DESCUENTOS; más frecuentes son:
·
Por carga
paletizada (PA – pallet allowance);
·
Por carga
completa de contenedor ( FCLA – full container load allowance);
·
Por
contrato de fidelidad (merchants contract en el que el cargador se compromete a
transportar su carga en buques de la conferencia);
·
Por
donaciones a instituciones de servicio social etc.
TIPO DE FLETES EN LÍNEA REGULAR
Los principales términos
utilizados en los contratos de transporte marítimo, en relación a cómo hayan
sido contratados los gastos de carga y descarga, son los siguientes:
- Liner Terms (LT) Es el flete que involucra a
todas las fases del transporte marítimo (carga en puerto de embarque,
estiba, transporte, desestiba y descarga en puerto de destino). Es
adecuado al CIF, CFR, FAS
- Free In (FI) Es el flete que comprende
el transporte, desestiba y descarga en el puerto de destino. Supone que el
vendedor se hizo cargo de los gastos de carga y estiba en el puerto de
embarque. Es adecuado al FOB.
- Free Out (FO) Es el flete que comprende
la carga en el puerto de embarque estiba y transporte. Supone que el
comprador se hace cargo de los gastos de desestiba y descarga en el puerto
de destino. Es adecuado al DES.
- Free In and Out (FIO) Es el flete que comprende
sólo el transporte. No involucra la carga y estiba en el puerto de
embarque ni tampoco la desestiba y descarga en el puerto de destino.
- Free In Out Stowed (FIOS) Es el flete que comprende
el transporte y los gastos que origina la estiba a bordo
- Free In Out Stowed and
Trimmed (FIOST) Es el flete igual al FIOS, pero sumándole los gastos por
movimiento de la mercadería en bodega a fin de lograr el equilibrio
necesario para el transporte.
- Fiost Lashd Secured Es una extensión del FIOST,
agregándole el trincado y asegurado de la carga para seguridad en la
navegación.
- Free In, Liner Out (FILO) Los gastos de carga son por
cuenta de la mercadería y los gastos de descarga por cuenta del armador o
transportista.
- Liner In, Free
Out (LIFO) Los gastos de carga son por cuenta del armador
o transportista y los gastos de descarga son por cuenta de la mercadería.
- Free in and Stowed, Liner
Out (FISLO) El flete cotizado no incluye
las operaciones de carga y estiba. La descarga en condiciones de línea, es
decir por cuenta del armador.
- Flete all in:Flete incluye todas las
operaciones de embarque/desembarque, estiba/desestibar, tracción hasta el
terminal de almacenamiento u almacén.
El pago de los fletes suelen ser:
Flete Prepagado (Prepaid);
cancelado antes del embarque
Flete Por Cobrar (Collect);
cancelado en destino por quien recibe la mercancía.
Flete de Retorno (Return); que lo paga el que
contrató el transporte y tiene derecho de la mercancía.